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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2015-S2

    Fecha: 26-May-2015

    acción de

    En revisión la Resolución de 30 de octubre de 2014, cursante de fs. 70 a 75 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Luis López Renjel en representación legal de la empresa “CORMAQ S.A.” contra Norma López Quiroz, Jefa Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba.

    • acción de
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • III.2.  Sobre el principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional
    • La inmediatez, es una condición esencial para que el control de constitucionalidad pueda operar a través del amparo constitucional, en virtud a este presupuesto de orden procesal-constitucional, éste se consagra como un mecanismo caracterizado por su prontitud y efectividad para brindar la tutela debida.
    • en ese contexto, se tiene que el derecho para la petición de tutela constitucional a través de la acción de amparo fuera del citado plazo caduca, razón por la cual el órgano contralor de constitucionalidad no puede ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada’.
    • III.3.
    • CONFIRMAR

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