SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2015-S2

Fecha: 26-May-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Con el uso del derecho a la réplica, el abogado del accionante expresó que en ningún momento se les hizo conocer la denuncia por infracción a leyes sociales, ya que la Jefatura Departamental del Trabajo de Cochabamba sabía de la dirección de la empresa que cuenta con 84 personas a nivel nacional, y cuya documentación se encuentra en la ciudad de Santa Cruz, y que en la recepción de la carta de solicitud de ampliación que data de junio de 2013, se les comunicó que se haría llegar la respuesta a la empresa, pero nunca llegó ni la respuesta ni la notificación, se estuvo a la espera de aproximadamente un año, sin haberse cumplido con lo establecido en el art 24 de la Constitución Política del Estado (CPE) ni con la Ley de Procedimiento Administrativo.