SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2015-S2

Fecha: 26-May-2015

II.4.

II.4.  Mediante nota GR.CBA/012/2013 de 13 de junio, presentada el 14 de junio de 2013, a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba; José Luis López Renjel, Gerente Regional de la empresa CORMAQ S.A., informó que el domicilio legal de la sociedad esta señalado y ubicado en la ciudad de Santa Cruz, razón por la cual todos los documentos originales de relevancia legal se encontrarían archivados en esa ciudad; por ello  solicitó que la inspección se la realice en Santa Cruz; y, en caso de que se determine la verificación en la ciudad de Cochabamba, pidió que se le haga conocer fecha de inspección con un plazo de por lo menos cuarenta y cinco días hábiles a partir de su notificación (fs. 9).