DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2015
Fecha: 17-Jun-2015
Artículo 69.- Educación
II. La autonomía IOC Raqaypampa organizará, planificará y ejecutará planes programas y proyectos de educación, ciencia, tecnología e investigación en todos sus niveles y modalidades que alcancen a toda población del territorio, en el marco de las leyes vigentes del estado plurinacional, (formal, alternativa, especial inicial básica secundaria y técnica).
V. La autonomía IOC Raqaypampa organizará, promoverá y gestionará a las instancias correspondientes del nivel central, la creación de la Universidad Técnica Indígena y/o carreras técnicas y a nivel licenciatura con una formación integral. La autonomía IOC Raqaypampa además fortalecerá el Centro de Educación Alternativa ¨Fermín Vallejos¨ (CEFOA) ya existente, donde se imparte la educación en nuestro propio idioma, saberes, filosofía y costumbres, en armonía con los métodos de enseñanza y aprendizaje actuales, en el marco del vivir bien y en concordancia con la Constitución Política del Estado.
- control previo de constitucionalidad de proyecto de estatuto autonómico
- I.1. Contenido de la consulta
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- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
- III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucionales de las Entidades Territoriales Autónomas (ETA)
- III.2. Confrontación del texto de los artículos reformulados del proyecto de Estatuto de la AIOC de Raqaypampa
- o planes de emergencia
- Control previo de constitucionalidad
- Texto reformulado
- demás jurisdicciones legalmente reconocidas
- a)
- 2)
- i.
- ii.
- iii.
- iv.
- v.
- universitaria
- Artículo 69.- Educación
- b)
- c)
- 4°