DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2015

Fecha: 17-Jun-2015

iii.

iii.   Por su parte, el art. 192.III de la CPE, establece una reserva de ley específica que excluye de la regulación de este objeto a otras normas, entre ellas, las autonómicas, determinando que: “El Estado promoverá y fortalecerá la justicia indígena originaria campesina. La Ley de Deslinde Jurisdiccional, determinará los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena originaria campesina con la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción agroambiental y todas las jurisdicciones constitucionalmente reconocidas” (el subrayado es agregado);