DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2015

Fecha: 17-Jun-2015

i.

i.      El art. 30.II.14 de la Ley Fundamental, dispone que las naciones y pueblos indígena originario campesinos (NPIOC) tienen el derecho: “Al ejercicio de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos acorde a su cosmovisión” (la subraya es nuestra), desarrollado mediante el reconocimiento constitucional de la JIOC, en el art. 190 y ss. de la Norma Suprema;