SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2015
Fecha: 30-Jun-2015
I.1. Antecedentes procesales del conflicto de competencias realizados ante el Juez de Instrucción de Tiquipaya
Fidelia Castellón de Arévalo, señaló que en su calidad de heredera ab intestato, adquirió un terreno ubicado en la zona Chilimarca, cantón Tiquipaya, provincia Quillacollo, que se encuentra registrado bajo la matricula 3.09.3.01.0005883, asiento EA-1 de 28 de junio de 2011; bajo esa calidad se apersonó ante la Alcaldía de Tiquipaya, a efectos de regularizar su documentación mediante inscripción catastral; empero, cuando se encontraba realizando el trámite, se le indicó que existía otro propietario sobre el mismo terreno.
Es así que, mediante memorial de 13 de agosto de 2013, interpuso ante el Juez de Instrucción de Tiquipaya, demanda de declaración de mejor derecho propietario y cancelación de inscripción en Derechos Reales (DD.RR.), alegando que tiene prelación de veintiséis años en la inscripción de su derecho, en relación al segundo propietario.
- I.1. Antecedentes procesales del conflicto de competencias realizados ante el Juez de Instrucción de Tiquipaya
- a)
- 1)
- I.4.Admisión
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. E
- régimen legal de la tierra y en especial la jurisdicción a aplicarse, no puede quedar librada única y exclusivamente a lo que dispongan los Gobiernos Municipales en cuanto al uso del suelo y menos aún cambiar automáticamente por el sólo hecho de ampliarse la mancha urbana
- la autoridad judicial frente a semejante disyuntiva, a los efectos de determinar la jurisdicción aplicable debe partir del concepto de si la propiedad inmueble está destinada al uso de vivienda en centros poblados o urbanos, en cuyo caso se aplicarán las normas del Código Civil y la competencia será de los jueces ordinarios; o si por el contrario, se trata de la propiedad inmueble destinada a la producción agrícola y/o pecuaria
- debe considerarse otros elementos como el destino de la propiedad y de las actividades desarrolladas
- III.2. Sobre las áreas protegidas
- Fragmento 15
- Amplíase su extensión del 'PARQUE NACIONAL TUNARI'
- DECLARAR COMPETENTE