SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2015

Fecha: 30-Jun-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

En el presente caso, la problemática planteada tiene por objeto dirimir un conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria civil y la jurisdicción agroambiental provocadas a raíz de la demanda de declaración de mejor derecho propietario y cancelación de inscripción en Derechos Reales (DD.RR.), interpuesto por Fidelia Castellón de Arévalo, alegando que existe una prelación de veintiséis años en la inscripción de su derecho propietario, en relación al segundo propietario que es Oscar Gómez Galindo; empero, bajo el principal fundamento de que conforme al art. 17 de la Ley de Reconducción Comunitaria de Reforma Agraria, es la jurisdicción agroambiental la competente para resolver conflictos emergentes de la posesión, derecho propietario, actividad agraria, forestal y otras que se encuentran descritas en la ley, se remitió ante el Juez Agroambiental de Cochabamba, autoridad judicial esta que bajo el fundamento de que es una zona que se encuentra con Resolución Técnica Administrativa, que declara como zona de urbanización y dado que el mismo está destinado a la vivienda y no a la actividad agropecuaria, corresponde al Juez de Instrucción conocer y resolver la problemática en cuestión.