SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2015-S1

Fecha: 01-Jun-2015

“improcedente”

La Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 92/2014 de 25 de noviembre, cursante de fs. 756 a 760, declaró “improcedente” respecto del AS 364/2013 de admisión del recurso de casación y denegó con relación al AS 44/2014; al considerar que: i) No corresponde al Tribunal de garantías, valorar la prueba que se halla reservada para los tribunales ordinarios, es así que no se puede pedir dejar sin efecto el AS 44/2014, por que la prueba aportada ante el Tribunal Segundo de Sentencia, fue insuficiente para generar convicción en la responsabilidad penal de los imputados que fueron condenados y posteriormente beneficiados con perdón judicial; ii) No es causal de excusa la intervención del Magistrado Fidel Marcos Tordoya Rivas, en la emisión de un anterior Auto Supremo dentro el mismo proceso, ya que de ser así todos los Vocales y Magistrados tendrían que excusarse en apelación, en casación o en ejecución de sentencia, respecto a las resoluciones que se emitan en ejecución de sentencia; y, iii) El AS 364/2013, de admisibilidad del recurso de casación, fue notificado a los accionantes el 31 de diciembre de 2013; por lo que, la interposición de la acción de amparo constitucional se encuentra fuera del plazo.