Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0562/2015-S3
Fecha: 03-Jun-2015
conceder
En consecuencia, la Jueza de garantías, al conceder la tutela con relación al Director General de Régimen Penitenciario; "Gobernador del Recinto Penitenciario de El Abra de Cochabamba" y el Gobernador del Penal de San Pedro de La Paz, no efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes, ni de la jurisprudencia aplicable al caso, dentro de los alcances de protección de la acción de libertad.
- Departamento: La Paz
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- : i)
- II.1
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración a la línea jurisprudencial desarrollada por las SSCC 0160/2005-R, 0008/2010-R y 0080/2010-R referida a subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a ¡a persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas"
- "...la acción de libertad, no puede ser desnaturalizada en su esencia y finalidad, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria…”
- III.2. Análisis del caso concreto
- conceder
- REVOCAR