SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0562/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0562/2015-S3

Fecha: 03-Jun-2015

"...la acción de libertad, no puede ser desnaturalizada en su esencia y finalidad, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria…”

Así también, el sentido interpretativo dogmático, que garantiza el resguardo y complementariedad entre la justicia constitucional y la pluralidad de jurisdicciones reconocidas, la SC 0080/2010-R de 3 de mayo, señaló como causales de denegatoria de la acción de libertad tres supuestos, entre ellos, el segundo supuesto refirió que: "...la acción de libertad, no puede ser desnaturalizada en su esencia y finalidad, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria…”(las negrillas nos pertenecen).