Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0562/2015-S3
Fecha: 03-Jun-2015
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 043/2014 de 3 de diciembre, cursante de fs. 98 a 102, pronunciada por la Jueza Cuarta de Sentencia Penal del departamento de La. Paz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, sin embargo por el tiempo transcurrido se mantiene los efectos de la Resolución de la jueza de garantías si la situación del accionante ya hubiese sido resuelta.
- Departamento: La Paz
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- : i)
- II.1
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración a la línea jurisprudencial desarrollada por las SSCC 0160/2005-R, 0008/2010-R y 0080/2010-R referida a subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a ¡a persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas"
- "...la acción de libertad, no puede ser desnaturalizada en su esencia y finalidad, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria…”
- III.2. Análisis del caso concreto
- conceder
- REVOCAR