SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2015-S1

Fecha: 01-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 15 de agosto de 2014, en una intervención policial preventiva, en horas de la noche, el menor de edad AA, junto a otras ocho personas más, fue conducido a dependencias policiales por el presunta hecho de violación en estado de inconsciencia, que habría ocurrido el día anterior, siendo puestos a conocimiento de Rene Quispe Huanca, Fiscal de Materia de turno, ahora demandado; autoridad que en la misma fecha dispuso su aprehensión, así como la de todos los supuestos autores del hecho, disponiendo la realización de las diligencias de investigación correspondientes, siendo recepcionada su declaración informativa el 16 del mismo mes y año, en la misma éste señaló que la fecha de su nacimiento era el 9 de junio de 1997.

Sin embargo, pese a ser menor de edad, el referido Fiscal de Materia, lo imputó formalmente conjuntamente al resto de los aprehendidos, por la presunta comisión del delito de violación de niño, niña y adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 BIS del Código Penal (CP); realizándose posterior audiencia pública de aplicación de medidas cautelares el 18 de agosto de 2014, en cuyo desarrollo su abogado defensor interpuso excepción de incompetencia, en aplicación del   art. 259 del Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA), que establece el sistema penal aplicable para adolescentes menores de edad, disponiéndose un cuarto intermedio hasta el día siguiente, oportunidad en la cual a pesar de los argumentos expuestos, se ordenó su detención preventiva, con la única salvedad de cumplirse la misma en el recinto penitenciario de Qalauma, por su condición de minoridad.

Reasignado el caso a Frida Choque de Claros, Fiscal de Materia, quien pese a contar con los elementos probatorios necesarios, no efectuó acción alguna a objeto de regularizar procedimiento, en aplicación de la normativa legal ya mencionada, manteniéndose de esta forma el procesamiento y privación de libertad del menor adolescente.