SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2015-S3

Fecha: 10-Jun-2015

II.1.

II.1.  Dentro del proceso civil iniciado por José Masanes Sole seguido a su fallecimiento por Dolly Julia de Chazal Vda. de Masanes -hoy accionante- sobre “indemnización proporcional a la disminución patrimonial provocada por enriquecimiento ilegitimo, nulidad de contratos, restitución del pago indebido y resarcimiento de daños” (sic), el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, mediante Sentencia 27/13 de 27 de mayo de 2013, declaró probada parcialmente la demanda, anulando las Escrituras Públicas 91, 92, y 93 de la gestión 2008; improbada en cuanto a la acción de enriquecimiento ilegitimo, restitución de pago de lo indebido, daños y perjuicios; asimismo, improbada la acción reconvencional opuesta por Jorge Córdova Serrudo; y, probada la excepción perentoria de prescripción interpuesta por el entonces demandante, dejándose sin efecto el reconocimiento de derechos y demás obligaciones que se estipularon en las citadas Escrituras Públicas, condenando al demandado Jorge Córdova Serrudo -hoy tercer interesado- al pago de $us6 000.- (seis mil 00/100 dólares estadounidenses), además de los intereses legales a favor de la actora; finalmente, se declararon la prescripción de cualquier derecho que pudiera alegarse respecto al contrato sobre “Convenio entre partes” de 21 de julio de 1993 (fs. 32 a 36 vta.).