SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2015-S3

Fecha: 10-Jun-2015

II.3.

II.3.  El 19 de diciembre de 2013, Dolly Julia de Chazal Vda. de Masanes interpuso recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista 434/2013, expresando lo siguiente: i) Se incurrió en la violación, interpretación, errónea y aplicación indebida de los arts. 945 y 1286 del Código Civil (CC); y, 397 del Código de Procedimiento Civil (CPC), provocadas por la existencia de error de hecho y de derecho en la arbitraria apreciación de las pruebas, lo que constituiría la configuración de las causales de casación previstas en el art. 253 incs. 1) y 3) del mismo cuerpo legal; ii) El Tribunal de alzada interpretó erróneamente y aplicó indebidamente el art. 549 inc. 3) del CC, con relación a los arts. 489 y 490 del mismo Código; y, iii) No se aplicó el principio constitucional de verdad material, incurriendo en la violación del art. 180.I de la CPE (fs. 51 a 59).