Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2015-S1
Fecha: 05-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante denuncia como lesionado el derecho a la defensa, al debido proceso administrativo, a la propiedad privada y a la “seguridad jurídica”; al considerar que, MADEPA S.A. no fue notificada conforme establece la norma para poder realizar el cambio de su mercadería de depósito temporal a aduanero; consiguientemente, se declaró mediante resolución administrativa el abandono de hecho o tácito de la misma a favor del Estado, notificándose contraviniendo la SCP 1911/2013; por lo que, presentó recurso de alzada, misma que fue rechazada al no cumplir con los requisitos de admisibilidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. El régimen legal del procedimiento administrativo
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17