SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

“improcedente”

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 286 de 2 de octubre de 2014, cursante de fs. 286 a 287 vta., declaró “improcedente” la tutela solicitada; al considerar que: a) Conforme el art. 180 de la CPE, se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales; b) No se observó la violación a los derechos y garantías constitucionales, habiendo presentado recurso de alzada esta fue rechazada por la negligencia del accionante; y, c) De acuerdo al art. 53 inc. 2) y 3) del Código Procesal Constitucional (CPCo), se declaró la improcedencia de la acción, ya que consintieron el acto libre y expresamente, al interponer el recurso de alzada y contra la resolución existía recurso para modificarla o suprimirla, del cual no se hizo uso oportuno.