SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2015-S3
Fecha: 17-Jun-2015
II.2.
II.2. De acuerdo al acta de audiencia de fundamentación oral de medidas cautelares de 19 de abril de 2014, los imputados plantearon incidentes por defectos absolutos, observando la aprehensión ilegal e indebida, ausencia de control jurisdiccional efectivo, la vulneración de derechos constitucionales contenidos en los arts. 167 y 169.1 y 3 de la CPE, en cuanto se refiere al allanamiento de domicilio y la nulidad de la Resolución de imputación por falta de fundamentación y motivación (fs. 252 a 254 vta.). Por Auto de la misma fecha, el Juez Mixto de Instrucción de San Julián del departamento de Santa Cruz en suplencia legal de su similar de Ascensión de Guarayos del mismo departamento rechazó los incidentes planteados por los imputados (fs. 254 vta. a 255); y, en audiencia, los imputados presentaron apelación incidental conforme el art. 251 del CPP (fs. 259 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- rechazo de incidente es correcta y se halla de acuerdo a los datos que cursa en cuadernillo de investigaciones
- REVOCAR