SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El 24 de noviembre de 2014, las autoridades demandadas, mediante resolución resolvieron rechazar la recusación presentada por la accionante contra el Juez Único de Sentencia; bajo el argumento de no haber acompañado su petición, con prueba de ninguna naturaleza, por lo que se tuvo como incumplido el art. 320 del CPP. Denuncia que éste último acto de los demandados lesiona su derecho al debido proceso en sus vertientes de debida fundamentación y congruencia en las resoluciones, pues alega que acompañó su recurso con la resolución de 12 de noviembre de 2014 (por la que se rechazó su objeción con argumentos, que a su criterio, comprometían la imparcialidad del juez); misma que no fue considerada y mucho menos valorada, en ningún momento por los demandados.