SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

III

El accionante a través de su representante legal alega que las autoridades judiciales demandadas vulneraron sus derechos al debido proceso, en su vertiente de una debida fundamentación, a la correcta y razonable valoración probatoria que debe contener toda resolución judicial, debido a que los Magistrados suscribientes del AS 175/2014 de 23 de julio, no respondieron a todos los reclamos realizados, no fundamentaron debidamente, incurriendo en ausencia de análisis de todos los datos que cursan en obrados, al permitir y replicar la omisión de consideración de los antecedentes, de la prueba aportada por su parte y de los defectos formales y sustanciales en los cuales incurrió el Dictamen de Responsabilidad Civil CGR/DRC-004/2008, la Sentencia 20/2012 y el Auto de Vista 03/2013. No consideraron que obligatoriamente las resoluciones judiciales de cualquier naturaleza deben tener una motivación adecuada en base a los antecedentes expuestos, a fin de permitir el legítimo derecho a la defensa y la congruencia entre lo pedido y lo otorgado producto de una valoración integral de la prueba y de todos los antecedentes.