Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0617/2015-S2
Fecha: 03-Jun-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 22/14 de 16 de junio, cursante de fs. 34 vta. a 35 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Juan Pablo Ibañez Fernández en representación sin mandato de Andrea Regina Arandia El Hage contra Silvia Paniagua Calvimontes, Directora Departamental de Migración Santa Cruz; Marcela Pérez Villarroel, Encargada Regional de Migración Puerto Suarez y Oliver David Fuentes Gómez, Oficial Investigador de la Organización Internacional de la Policía Criminal (INTERPOL) de Puerto Quijarro, ambos del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- 1)
- denegó
- II.1.
- III.
- Fragmento 10
- III.1.
- Fragmento 12
- Debe existir coincidencia, entre la persona o personas que supuestamente vulneraron el derecho y la persona demandada, en tal sentido, debe precisarse que para determinar esta coincidencia, deben existir elementos razonables que establezcan que esa autoridad impartió o ejecutó una orden en virtud de la cual se hubiese procedido a una aprehensión, detención, persecución o procesamiento ilegal o indebido
- III.3. Formalidades legales que deben cumplirse para dar curso con el arresto
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16