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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0618/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0618/2015-S2

    Fecha: 03-Jun-2015

    REVOCAR en todo

    El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 09/2014 de 3 de diciembre, cursante de fs. 113 vta. a 119 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y, en consecuencia: CONCEDER la tutelas solicitada.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que la motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
    • el juez está obligado a expresar los motivos de hecho y de derecho en que se basa su convicción determinativa de la concurrencia de los requisitos, así como el valor otorgado a los medios de prueba, esa fundamentación no puede ser reemplazada por la simple relación de los documentos o la mención de los requerimientos de las partes; de modo que está obligado a expresar los presupuestos jurídicos que motivan la medida, con cita de las normas legales aplicables y la descripción clara y objetiva de los elementos de convicción concurrentes
    • III.3.  La tutela del debido proceso vía acción de libertad
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR en todo

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