Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2015-S3
Fecha: 11-Jun-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante ratificó la acción de libertad presentada; asimismo, en respuesta al memorial presentado el 2 de diciembre de 2014, por Miriam Roda Flores señaló que la interposición de la acción de amparo constitucional -a la que se hace referencia en el memorial supra señalado- no impide activar el proceso constitucional a través de la acción de libertad; asimismo la guarda del niño, es un aspecto novedoso que recién lo están conociendo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de línea jurisprudencial desarrollada por las SSCC 0160/2005-R, 0181/2005-R y 0008/2010-R sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR