SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2015-S3

Fecha: 11-Jun-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante ratificó la acción de libertad presentada; asimismo, en respuesta al memorial presentado el 2 de diciembre de 2014, por Miriam Roda Flores señaló que la interposición de la acción de amparo constitucional -a la que se hace referencia en el memorial supra señalado- no impide activar el proceso constitucional a través de la acción de libertad; asimismo la guarda del niño, es un aspecto novedoso que recién lo están conociendo.