SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2015-S3
Fecha: 11-Jun-2015
II.2.
II.2. Dentro de otro proceso investigativo penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Miriam Roda Flores, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes de asistencia, signado con el número FELCC-SCZ 1404536, radicado en el despacho de María Del Carmen Roca Mercado, Fiscal de Materia -ahora demandada-; se emitió orden de citación para la declaración informativa del denunciado -hoy accionante- (fs. 210); presentando memorial de justificación de inasistencia el 20 de agosto de 2014 (fs. 211 a 217); sin embargo, al considerar la autoridad fiscal que no existe acreditación legal que justifique su inasistencia, se emitió mandamiento de aprehensión de 8 de septiembre del mismo año (fs. 231), siendo ejecutado el 10 de noviembre de 2014 a horas “7:15” -conforme cursa a fs. 232 vta.-.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de línea jurisprudencial desarrollada por las SSCC 0160/2005-R, 0181/2005-R y 0008/2010-R sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR