SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

1)

Dalia Pedraza Ortiz, Jueza de Instrucción Mixta Cautelar de Cotoca, presentó informe escrito cursante a fs. 19 y vta., por el cual manifestó que: 1) Ordenó la salida del detenido preventivo para atención médica especializada; es decir, valoración, atención y curación en el Hospital San Juan de Dios, y que previa valoración de médico forense, se consideraría su internación solicitada, es más, de la prueba literal que adjuntó a su memorial de referencia no fue la más idónea para la consideración de la internación impetrada; y, 2) La misma de manera textual refiere “…es así que hasta la fecha de la presentación de la acción de libertad la suscrita juez no ha tenido conocimiento alguno sobre la atención médica y la valoración a la que se hace referencia…” (sic); en consecuencia, negó rotundamente que se haya violentado el derecho a la salud del accionante.