Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2015-S1
Fecha: 15-Jun-2015
II.5.
II.5. Cursa certificado médico legal de 17 de diciembre de 2014, por el cual Hugo Cuellar Villagra, Médico forense del IDIF, certificó que Juan Barrientos Aliaga presentaba un cuadro de “Fractura de perone de pierna izquierda, con signos de inflamación en tejidos blandos (…) debiendo considerarse la posibilidad de internación, por los signos de inflamación…” (sic) (fs. 8 y 9).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- procedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la salud y a la asistencia médica de los privados de libertad
- III.4. Permiso de salidas judiciales por motivos de salud
- III.5. El principio de celeridad en la administración de justicia
- El principio de celeridad, persigue como principal objetivo conseguir que el proceso se concrete a las etapas esenciales y que cada una de ellas se cumpla dentro de los plazos perentorios dispuestos por la norma legal,
- eficacia
- III.6. Análisis del caso concreto
- 2°