Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2015-S2
Fecha: 05-Jun-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 476/014 de 4 de diciembre de 2014, cursante de fs. 149 a 156 vta, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Freddy calderón Dorado en representación legal de Bavil Ruiz Paredes contra Javier Peñafiel Bravo, Bernardo Huarachi Tola y Deysi Villagómez Velasco, todos Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- i)
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia consolidada sobre actos consentidos en acción de amparo constitucional
- al ser el consentimiento una expresión de la libre voluntad, no existe causa para dar curso a la tutela cuando se advierte este supuesto en los hechos denunciados, de modo que resulta lógico jurídicamente razonar negándose la tutela,
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR