SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2015-S2

Fecha: 05-Jun-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante estima vulnerados su derecho al debido proceso en su elemento vertientes de legalidad, “seguridad jurídica”, violación a las reglas de interpretación sistemática y finalista, y acceso a la justicia, por cuanto las autoridades demandadas resolvieron mediante Auto Interlocutorio Definitivo 48/2014 de 6 de junio, tener por no presentada la demanda contencioso administrativa formulada, bajo el argumento de no haberse dado cumplimiento a las observaciones realizadas a su demanda, pese al plazo de quince días calendario otorgado para ser subsanado realizando, una incorrecta aplicación de los arts. 333 del CPC, y 90.II del nuevo CPC, al establecer que los plazos se computan en los términos previsto por el Tribunal como ser días calendario y no días hábiles.