SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2015-S3

Fecha: 25-Jun-2015

1)

Jorge Sabino Blanco Conde, Mario Félix Morales Alanoca, Manuela Marina Camargo de Yujra, Crispín Condori Tórrez y Estela Ticona Guillén, miembros de la Junta de Vecinos “Santiago I”, por medio de su representante, en audiencia, señalaron que: 1) Por más de treinta años, el terreno en cuestión, estuvo en custodia de la junta vecinal “Santiago I”; sin embargo, el 2013, Mario Félix Morales Alanoca -actual codemandado-, identificó que supuestamente habría un propietario de ese lote, y se logró evidenciar la existencia de un proceso interdicto de recobrar la posesión, radicado en el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Civil y Comercial de El Alto del departamento de La Paz, interpuesto por Richard Majes Vargas, señalando ser propietario del lote en cuestión, que los anteriores dueños serían la familia Meléndez, que estuviese inscrito en DD.RR. y que el 15 de febrero del mismo año, cuando se encontraba realizando instalaciones de servicios básicos dentro de su lote, fue sorprendido por Alejandro Gómez, Santos Javier y otras personas, que de manera violenta allanaron el lugar echándolo a empujones; por lo que, solicitó la restitución judicial y posesión del bien inmueble, proponiendo como testigo al ahora accionante; y cuando la Junta de Vecinos se constituyó al Juzgado, la citada demanda había sido retirada, existiendo irregularidades en la misma; por cuanto, la firma de la abogada que interpuso ésta, fue falsificada; 2) En la compra del citado terreno existieron varias irregularidades; por lo que, los miembros de la junta vecinal “Santiago I”, solicitaron a un Diputado Nacional, la investigación sobre la ilegal transferencia, es así que el Presidente de la Comisión de Justicia Plural del Órgano Legislativo, emitió una resolución disponiendo que el Consejo de la Magistratura, a través del Juez de DD.RR. de El Alto, aperture una auditoria jurídica de la inscripción del lote de terreno cuestionado en la presente acción de amparo constitucional; por lo cual, el derecho propietario con el que supuestamente cuenta el accionante está plagado de irregularidades y el vendedor Richard Majes Vargas, jamás estuvo en posesión, peor aun el accionante; 3) Por otra parte, el 5 de febrero de 2013, la familia Meléndez, solicitó la conexión de agua y alcantarillado, aspecto irregular por cuanto supuestamente en octubre de 2012, era ya dueño del citado terreno Richard Majes Vargas, quien luego de unas semanas realizó la misma solicitud, existiendo dos peticiones con dueños diferentes; 4) El contrato de comodato fue suscrito entre el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto y la Junta de Vecinos “Santiago I”, de forma gratuita; 5) La Junta de Vecinos interpuso un proceso penal ante la Fiscalía, por los delitos de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado, uso indebido de influencias, consorcio de jueces, fiscales, policiales y abogados, falsedad material e ideológica y uso de instrumentos falsificados, misma que se encontraría en plena investigación; y,             6) Asimismo, existe un proceso penal interpuesto por Richard Majes Vargas, donde señaló ser legítimo propietario del terreno en cuestión y que el 15 de agosto de 2014, los codemandados y otras personas habrían irrumpido y sustraído sus pertenencias cometiendo los delitos de robo agravado, allanamiento, asociación delictuosa y daño calificado, siendo lo más extraño que el ahora accionante, se apersonó ante el Ministerio Público y se adhirió a la querella criminal, señalando ser propietario y que dio en comodato el referido terreno por el tiempo de cinco meses.

Finalmente, los codemandados Abraham Aliaga Quisbert, Director Jurídico, Sergio Marcos Huanca Pacohuanca, Funcionario y Juan Javier Cusi, Director a.i. de Prevención de Riesgos y Operaciones de Emergencia, todos del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, en audiencia, ratificaron lo mencionado por los miembros de la junta vecinal “Santiago I”.