Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2015-S3
Fecha: 25-Jun-2015
II.3.
II.3. Conforme al acta de consenso y acuerdos del proyecto “EMBOVEDADO AV. 1 (FASE II)” (sic), suscrito el 6 de julio de 2013, entre la Dirección de Saneamiento Básico del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, y el Presidente de la Junta de Vecinos “Santiago I”, en el punto seis, se indicó que: “Se realizará un convenio de comodato de los ambientes por parte de la junta vecinal, deslindando cualquier responsabilidad al GAMEA” (sic) (fs. 20).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades y particulares demandados
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos
- III.2.
- CONFIRMAR