Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2015-S3
Fecha: 25-Jun-2015
II.7.
II.7. El 27 de marzo de 2014, Alejandro Gómez Choque y Santos Javier Tarqui Quispe, formularon querella penal y acusación particular en contra de los codemandados Jorge Sabino Blanco Conde, Mario Félix Morales Alanoca, Manuela Marina Camargo de Yujra, Maria Teran Rios y Yolanda Santos de Araujo, por la presunta comisión de los delitos de difamación, calumnias e injurias; asimismo, el 24 del mismo mes y año, se desestimó la querella planteada mediante Resolución 52/2014 de 3 de abril (fs. 188 a 192 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades y particulares demandados
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos
- III.2.
- CONFIRMAR