SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0636/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0636/2015-S2

Fecha: 05-Jun-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado del accionante, ratificó los fundamentos de la demanda, rectificando con relación a los derechos vulnerados con los hechos que motivan la presente acción, aclarando que con la suspensión que se hizo de manera verbal a Aniceto Achacata Mamani en fecha 4 de agosto de 2014, se vulneró el derecho al debido proceso, porque el accionante no fue sancionado a través de un proceso sindical interno, conforme a sus estatutos; al derecho a la defensa, porque no pudo asumir su derecho al no ser oído en un juicio ni presentar los descargos correspondientes, de no poder apelar la decisión ni tener derecho a hacer uso de los recursos que establece el estatuto y reglamentos; y al derecho a la petición al no haber tenido respuesta de la nota presentada el 26 de septiembre de igual año, donde señala que fue destituido arbitrariamente solicitando su restitución inmediata.