SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2015-S2

Fecha: 09-Jun-2015

II.4.

II.4.       Por certificaciones de 9, 16 y 27 de junio de 2014, los Jefes de los Departamentos de Fiscalización a.i., Jurídico y de Cobranza Coactiva y de Empadronamiento y Recaudación, respectivamente, todos de la Gerencia de GRACO de la Paz, del SIN, acreditaron a solicitud escrita del contribuyente, CIBO S.A., que la empresa citada, a las fechas mencionadas, no tenía adeudos tributarios que pudieran derivar en la determinación de una deuda tributaria y/o la imposición de sanciones en las distintas Unidades referidas. Estableciéndose en la parte in fine, de cada certificado individual, que el mismo no era válido si no estaba acompañado de los certificados de adeudos tributarios de las otras Reparticiones señaladas (fs. 1 a 3).