SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2015-S3

Fecha: 25-Jun-2015

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 15 de diciembre de 2014, cursante de fs. 323 a 327, por la que denegó el amparo solicitado, sin costas; bajo los siguientes fundamentos: a) Desde la notificación con la Resolución del recurso jerárquico hasta la interposición del presente amparo, transcurrieron más de los seis meses establecidos; b) La presente acción de amparo constitucional está dirigida contra más demandados en relación al primer amparo constitucional; c) De la revisión de los recursos administrativos se establece que en cada uno de ellos realiza una petición distinta a las realizadas en la presente acción de amparo constitucional; d) Al no haberse cumplido con la observación realizada por el Tribunal de garantías, se dio por no presentada la acción tutelar primigenia, continuando así el plazo de los seis meses, por cuanto la presentación del segundo amparo constitucional fue extemporáneo; e) El accionante pretende que mediante la vía constitucional se revise la valoración de la prueba y la interpretación de la legalidad ordinaria; y, f) En el amparo constitucional (el representante del accionante) realizó apreciaciones que no fueron efectuadas en los recursos de revocatoria y jerárquico.