SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2015-S3

Fecha: 25-Jun-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante, a través de su abogado, en audiencia ratificó el contenido de su  demanda de acción amparo constitucional y ampliando la misma indicó que, con relación a que estas elecciones no serían políticas, el Tribunal Constitucional Plurinacional, estableció que el derecho a ser elegido es para todos, de forma vertical (políticos) y también horizontal (particulares), resultando entonces que la aseveración de los demandados no fue correcta. Además se demostró con la Ley de Cooperativas, el Estatuto y el Reglamento de COTES Ltda., que no se pueden agregar requisitos adicionales con relación a la convocatoria. En cuanto al petitorio, el mismo está conforme a derecho; por lo que, lo referido por los demandados no tiene asidero legal.