Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2015-S3
Fecha: 25-Jun-2015
II.4.
II.4. Por memorial de 15 de agosto de 2014, dirigido a los miembros del Comité Electoral de COTES Ltda., el ahora accionante impugnó su inhabilitación como postulante al Consejo de Administración (fs. 39 a 43), emitiéndose la Resolución 10/2014 de 18 del citado mes, a través de la cual el Comité Electoral ratificó la Resolución 03/2014, respecto a la decisión de inhabilitar al hoy accionante. Asimismo, consta que el Vocal Kjarol Herrera Balderas fue de voto disidente (fs. 44 a 52).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió parcialmente
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. Normativa que rige en los procesos eleccionarios de COTES Ltda.
- III.3. Análisis del caso concreto
- legitimación pasiva entendida en el ámbito tutelar como la coincidencia entre la autoridad o particular que presuntamente incurrió en violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción
- CONFIRMAR