SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2015-S3
Fecha: 25-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURDICOS DEL FALLO
El accionante alega una vez que el Comité Electoral de COTES Ltda., expidió la convocatoria para elegir a los Consejos de Administración y Vigilancia, presentó su postulación al Consejo de Administración; empero, los ahora demandados le inhabilitaron por cuanto en la solvencia fiscal presentada figuraba que tenía procesos coactivos fiscales pendientes, lo que no significa que sea culpable de los cargos que se le atribuyan; toda vez que, no existe sentencia ejecutoriada; además, dicho requisito no está contemplado en los Estatutos de la citada Cooperativa, como tampoco constituye causal de inhabilitación en COTES Ltda., el hecho de tener procesos contra el Estado; por lo que, la Resolución 03/2014 de 13 de agosto, mediante la cual el Comité Electoral le inhabilitó de dichas elecciones, fue oportunamente impugnada, no obstante, la misma fue confirmada por las Resoluciones 10/2014 y 15/2014.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió parcialmente
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. Normativa que rige en los procesos eleccionarios de COTES Ltda.
- III.3. Análisis del caso concreto
- legitimación pasiva entendida en el ámbito tutelar como la coincidencia entre la autoridad o particular que presuntamente incurrió en violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción
- CONFIRMAR