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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2015-S3

    Fecha: 15-Jun-2015

    a)

    Solicitó se conceda la tutela, y: a) Se ordene su inmediata libertad; b) Se providencie todos los puntos solicitados en los diferentes memoriales presentados; c) Que el Juez a quo señale fecha y hora de audiencia de medida cautelar en el plazo de veinticuatro horas; y, d) Se determine la calificación de “DAÑOS Y PERJUICIOS y que sea con COSTAS” (sic).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • Ana Luisa Heredia Barrón, Fiscal Coordinadora de Sustancias Controladas
    • Helver Cabrera Vasquez, Fiscal de Materia
    • Vivian Patricia Gonzales Rioja, Jueza Decimoquinta de Instrucción Penal del departamento de Santa Cruz,
    • Alvaro Marcelo Flores Lopez, Jefe Departamental de la FELCN de Santa Cruz,
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • III.1. La celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad    traslativa o de pronto despacho. Reiteración de jurisprudencia
    • III.2.
    • tribunal de apelación no le está permitido anular obrados cuando verifique que el juez de instrucción omitió explicar los motivos que le llevaron a determinar, rechazar o modificar una medida cautelar
    • REVOCAR en parte

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