SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
CONFIRMAR en parte
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 277 de 9 de octubre de 2014, cursante de fs. 142 vta. a 145, pronunciada por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, de manera transitoria y sin ingresar al examen de fondo del caso en concreto, disponiendo que la entidad demandada, cubra el costo de la intervención quirúrgica por hernia inguinal de AA; aclarando que al ser la concesión provisional y transitoria, es posible que dicha aseguradora, acuda a los mecanismos acordados entre las partes, a objeto de establecer en definitiva, los alcances de la cobertura del seguro contratado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en materia de contratos, su interpretación, los términos y condiciones estipulados, como los conflictos que deriven de él deben ser conocidos y resueltos en la vía jurisdiccional ordinaria llamada por ley
- controversia respecto de la aplicación de los términos del contrato, debió acudirse a las vías referidas para lograr solucionar la misma, y no acudir al amparo que sólo otorga tutela subsidiaria para proteger los derechos fundamentales y garantías constitucionales, y en ningún caso podrá resolver las controversias surgidas de la aplicación de las cláusulas que contiene un contrato.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte