Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
II.1.
II.1. Cursa en antecedentes el memorando D.G.A.A. RR.HH. 046/14 de 7 de abril de 2014, mediante el cual Daniel Santalla Torrez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social -actualmente demandado- comunicó a Félix Flores Chambi -hoy accionante- que se prescindía de sus servicios, en virtud al art. 14 inc. 17) del DS 29894, indicándosele que a partir del 8 de abril de ese año, tendría lugar la desvinculación laboral (fs. 168).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social instruirá al empleador
- III.2. La protección de la mujer trabajadora en estado de gestación, el nasciturus y el progenitor
- III.3. Análisis del caso concreto
- no se requiere el previo aviso al empleador del estado de embarazo o de la existencia de un hijo o hija menor a un año.
- Norma que, es directamente aplicable
- inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador
- CONFIRMAR