SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2015-S3

Fecha: 02-Jun-2015

III.3. Análisis del caso concreto

         El accionante indica que habiéndose expedido el memorando D.G.A.A. RR.HH. 046/14, por el cual se prescindían de sus servicios, comunicó de manera formal que al encontrarse su esposa embarazada no podía ser despedido; pese a ello y a existir un informe que recomienda su reincorporación, a la fecha de interposición de la acción se encuentra cesante.

         Ahora bien, de los antecedentes del proceso se colige que el accionante fue destituido del cargo que desempeñaba por memorando D.G.A.A. RR.HH. 046/14 (Conclusión II.1.), ante lo cual, mediante nota de 9 de abril de 2014, se comunicó al demandado Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, que al estar protegido por los arts. 24 y 48 de la CPE y el DS 0012, gozaba de inamovilidad laboral (Conclusión II.2.); analizada que fue la solicitud antes referida, se llegó a emitir el informe cite: MT/VMESCyCOOP/DGSC/JRLeI/RL 911/2014, por parte del Director General de Servicio Civil dependiente del referido Ministerio, que recomienda en su parte final se proceda a la reincorporación de Félix Flores Chambi -actualmente accionante-, por su condición de padre progenitor, ello en coordinación con la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la misma entidad (Conclusión II.3.).

Ahora bien, del informe presentado por la autoridad demandada se tiene que el motivo por el cual se habría dispuesto la destitución del accionante del cargo que ocupaba, respondía a supuestas contravenciones a disposiciones administrativas que éste hubiera cometido en el ejercicio de sus funciones, señalando que si bien procedía su reincorporación, también se iniciaría un proceso sumario en su contra de forma posterior.

         En ese contexto, cabe señalar que tratándose de la protección reforzada del padre progenitor de un hijo menor de un año, la justicia constitucional efectúa la excepción a la subsidiariedad en pos de brindar una protección pronta y oportuna, como ocurre en el presente caso, donde Félix Flores Chambi -ahora accionante-, acreditó que fue destituido y es padre de un ser que está en gestación, obteniendo además un informe por parte del Servicio Civil dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, que recomendó a la autoridad demandada a proceder a su reincorporación laboral previa coordinación con la Dirección Jurídica dependiente de esa institución; empero, no fue considerado de manera positiva o negativa por parte del empleador.