SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2015-S3

Fecha: 02-Jun-2015

inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador

Un hecho que no puede pasar inadvertido es la actitud indiferente asumida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, que luego de conocer la situación del accionante y el informe emitido por la Dirección General de Servicio Civil dependiente de esa institución, descrito en la Conclusión II.3 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, no realizó las gestiones prontas y oportunas para el restablecimiento de los derechos lesionados del nombrado, no obstante ser la entidad protectora de los derechos y las garantías constitucionales de las trabajadoras y los trabajadores, olvidando que nuestra Ley Fundamental prevé que : “Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador” (art. 48.II [las negrillas nos pertenecen]).