SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2015-S1
Fecha: 26-Jun-2015
1)
Reynaldo Valencia Villarroel, a través de su abogado, señaló que: 1) Existen sub reglas para que la presente acción pueda abstraerse de la subsidiariedad, empero, se debe tomar en cuenta que existe un contrato de alquiler por lo que la accionante debió acudir a la vía civil para el cumplimiento del citado documento; 2) Sobre la privación de servicios, quedó establecido como responsabilidad de la accionante el pago de los mismos, ante su incumplimiento, se le entregó una carta notariada el 11 de diciembre de 2014, pidiéndole la inmediata entrega de los ambientes por resolución del contrato, debiendo pagar por daños y perjuicios, además del alquiler y saldar la deuda por servicios básicos pues, los propietarios se encuentran privados de los mismos; 3) Que pese a acudir a un centro de conciliación, comprometiéndose a pagar lo adeudado así como al cese de hostilidades y la entrega de otro ambiente en tanto busquen otro lugar para vivir, derivó en la denuncia ante el Ministerio Público, por supuestas agresiones y allanamiento adjuntando prueba; y, 4) Ante la falta de pago, el Banco inició en su contra el proceso de remate de bienes por la deuda impaga conforme se adjunta un extracto bancario; respecto a la ampliación de la demanda, no se puede hablar de complicidad entre sus personas y los dueños de las empresas, siendo estas consignatarios de los objetos que fueron sustraídos; y sobre los enseres de la accionante, fueron acomodados en una habitación contigua; siendo falsa la versión referida a la privación al trabajo; pues el SIN clausuró por tema impositivo, solicitando se deniegue la tutela.
- I.1.1. Fundamentos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La protección directa e inmediata de los derechos del inquilino ante las medidas de hecho ejecutadas por los dueños o propietarios del inmueble
- Fragmento 12
- III.4. Del derecho a la dignidad y su vinculación o conexión con el derecho a la inviolabilidad de domicilio
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- CONFIRMAR