Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
a)
Solicita se declare “procedente” la acción de amparo constitucional; y, en consecuencia: a) Dejar nula y sin efecto la Resolución 03 de 20 de marzo de 2014, que rechazó el recurso jerárquico; b) Revocar la inhabilitación dispuesta por el Tribunal calificador; y, c) Se ordene la emisión del memorándum para ocupar el ítem 3647, nivel 17-B correspondiente al Policonsultorio El Alto de la CNS y sea con el reconocimiento de salarios devengados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
- III.2. Análisis del caso concreto
- iii)
- v)
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- REVOCAR