Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
II.6.
II.6. Cursa Resolución de recurso jerárquico 03 de 20 de marzo de 2014, por el que se rechazó la impugnación planteada por la accionante, disponiendo el cumplimiento de los requisitos indispensables de la Convocatoria Cerrada Institucional Regional S-002/2013; y, en cuanto al acta notariada de no tener grado de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, conforme dispuso la Ley Financial de 2010 (fs. 15 a 16 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
- III.2. Análisis del caso concreto
- iii)
- v)
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- REVOCAR