SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0676/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
1)
Rosario Verónica Sánchez Sánchez, Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, mediante informe de 29 de octubre de 2014, cursante de fs. 649 a 650, expresó lo siguiente: 1) El proceso ejecutivo seguido por Rosa Churata Quispe contra Grover Jerez Agramont -hoy accionante-, fue tramitado en su Juzgado y que tanto la demanda preliminar como la ejecutiva y la Sentencia fueron notificados al demandado de manera legal, conforme al art. 121 del Código de Procedimiento Civil (CPC); 2) El accionante, planteó incidente de nulidad, aduciendo que su domicilio real era en la localidad de Tipuani, el cual fue rechazado, por no haber probado dicho argumento, notificándosele con la citada Resolución, sin que hubiera apelado a la misma, quedando ejecutoriada por el transcurso del tiempo; 3) En ejecución de fallos el accionante presentó incidentes de nulidad de subasta, los cuales fueron rechazados y contra los que no se presentó recurso de apelación; 4) Una vez resueltos los incidentes emitió las Resoluciones 228/2013 y 229/2013, adjudicando a la parta ejecutante, el porcentaje que correspondía a las acciones y derechos de dos inmuebles de propiedad del accionante, en la misma se fundamentó conforme a la norma correspondiente y en apelación fue confirmada por los Vocales hoy demandados; 5) La Sentencia de segunda instancia, quedó ejecutoriada en junio de 2014, habiendo transcurrido hasta la presentación de la acción de amparo constitucional más de diez años, sin que el accionante hubiese utilizado los mecanismos establecidos por ley para hacer valer sus derechos; y, 6) El accionante asumió amplia defensa en el proceso y tuvo conocimiento del mismo, desde que se apersonó mediante memorial de 25 de septiembre de 2002, aduciendo falsificación del documento base de ejecución y señalando su domicilio procesal, habiendo ejercido su derecho a la defensa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a la debida fundamentación en las resoluciones judiciales
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- iii)
- iv)
- CONFIRMAR