SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0676/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso ejecutivo seguido en su contra a instancia de Rosa Churata Quispe, no se le notificó de manera personal, con la demanda preliminar de reconocimiento de firmas y rúbricas, la demanda ejecutiva, el Auto intimatorio, la Sentencia, el Auto que rechazó el incidente de nulidad de notificaciones, ni con el Auto que declaró la ejecutoria de la sentencia, practicándose irregularmente las notificaciones mediante cédula.
Refirió que, pese a dichas irregularidades, la Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz -ahora codemandada-, dictó las Resoluciones 228/2013 y 229/2013, ambas de 1 de octubre, la primera aprobando la segunda audiencia pública de subasta y remate, realizada el 14 de diciembre de 2009, adjudicando a favor de la parte ejecutante el 50% de acciones y derechos gananciales del bien inmueble en copropiedad de su persona, ubicado en la zona la Portada o Coha Uyo, Av. Alcides Arguedas 1830 de La Paz; y, la segunda aprobó la segunda audiencia pública de subasta y remate realizada el 15 de igual mes y año, y en consecuencia se adjudicó a favor de la parte ejecutante el 50% de acciones y derechos gananciales del bien inmueble en copropiedad con su persona, ubicado en la localidad de Guanay, calle Bolívar, frente a la plaza principal del departamento de La Paz, sin expresar los motivos de hecho y derecho, haciendo una simple relación de actuados.
Finalmente, señaló que los Vocales demandados, en apelación emitieron la Resolución 96/14 de 20 de marzo de 2014, confirmando la Resolución de la Jueza codemandada, de igual forma sin una fundamentación de hecho ni de derecho, es más no existe valoración fáctica sobre los puntos apelados; y, posteriormente solicitaron explicación y complementación al no existir una debida fundamentación en la Resolución principal; sin embargo, dicho pedido fue rechazado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a la debida fundamentación en las resoluciones judiciales
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- iii)
- iv)
- CONFIRMAR