SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2015-S2

Fecha: 10-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde el 10 de junio de 2014, se encuentra privado de su libertad a consecuencia de una denuncia formulada en su contra por la presunta comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente, por el cual fue imputado y luego impuesta la detención preventiva, misma que viene cumpliendo en el Centro Penitenciario “San Antonio” y de la cual solicitó su cesación en dos oportunidades, siendo rechazado su pedido; así, al ser el último rechazo de 4 de diciembre del señalado año bajo el fundamento de que la documentación acompañada para desvirtuar la probabilidad de autoría y participación ya tendría un pronunciamiento, sumado al peligro de fuga descrito en el art. 234.10 del Código de Procedimiento Penal (CPP), optó por la apelación, fundamentando de manera oral los agravios sufridos con la referida decisión; sin embargo, las Vocales demandadas, haciendo abstracción de lo instituido en el art. 398 de la norma citada y de otras, anularon la resolución apelada, indicando que la Jueza a quo, habría omitido realizar una fundamentación fáctica jurídica de los elementos acompañados, por lo que no se abriría su competencia, disponiendo de esta manera, que la mencionada Jueza pronuncie nueva resolución con la debida fundamentación, no obstante que su persona hizo constar que no cuestionaba el razonamiento de la Jueza a quo, en cuanto a la persistencia de probabilidad de autoría y que sólo reclamaba la incorrecta valoración de los elementos de convicción respecto al peligro de fuga, dilatando de esa forma la atención a su recurso, puesto que en lugar de anular la resolución de medidas cautelares, debieron definir su situación, conforme estableció la SCP 2482/2012 de 3 de diciembre.