SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2015-S2
Fecha: 10-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante aduce vulneración de su derecho a la libertad, debido a que se encuentra privado de su libertad como efecto de una denuncia formulada en su contra por la presunta comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente, por el cual fue imputado y luego impuesta la detención preventiva; medida de la cual solicitó su cesación, siendo rechazada en varias oportunidades, optándose así por la apelación; sin embargo, las Vocales demandadas, anularon la resolución impugnada, indicando que la Jueza a quo, habría omitido realizar una fundamentación fáctica jurídica de los elementos acompañados, por lo que no se abriría su competencia, disponiendo se pronuncie nueva resolución con la debida fundamentación; nulidad que a su entender, constituye denegación de justicia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de celeridad procesal en los trámites vinculados al derecho a la libertad y la denominada acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. Atribuciones específicas del Tribunal de alzada
- al tribunal de apelación no le está permitido anular obrados cuando verifique que el juez de instrucción omitió explicar los motivos que le llevaron a determinar, rechazar o modificar una medida cautelar, o que lo hizo, pero de manera insuficiente
- III.3. Análisis del caso
- CONFIRMAR en todo