SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2015-S1
Fecha: 26-Jun-2015
II.4.
II.4. Por recurso jerárquico interpuesto ante la Superintendencia Tributaria Regional de Tarija, mediante memorial presentado el 2 de junio de 2014, por el Administrador de la CPS regional Tarija, éste solicitó la revocatoria de la Resolución 06-0480-14 de 8 de abril de 2014 y que se declare la prescripción de la ejecución de la deuda en cuestión, bajo los siguientes fundamentos: a) Ante la inexistencia de una norma expresa que establezca la posibilidad de plantear un recurso jerárquico contra autos de rechazo, se debe considerar lo que establece el art. 109 del CTB, que permite plantear en la etapa de ejecución de deuda tributaria oposición de prescripción, en ese sentido, el recurso jerárquico referido busca hacer ver tal situación al Superintendente Tributario Regional de Tarija; b) El art. 195 del citado Código, establece que el recurso jerárquico solo es admisible contra la resolución que resuelve el recurso de alzada, entonces se debe entender que dicha resolución puede ser un pronunciamiento sobre el fondo o bien de rechazo del mismo, pues ambas resuelven el recurso de alzada; c) El Auto impugnado no contiene una explicación concreta de porqué se consideró que la Resolución apelada no es un Auto definitivo, y tampoco explica por qué solo contra el mismo procede el recurso de alzada; d) Al no estar motivado el rechazo del recurso de alzada no se conoce cuáles son las razones esenciales en las que se funda el rechazo de su recurso; y, e) Reiteró los argumentos expuestos en su memorial de recurso de alzada (fs. 18 a 26).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho al debido proceso
- III.2. Derecho a la debida motivación y fundamentación
- III.3. Del derecho a la doble instancia
- III.4. Del derecho al acceso a la justicia
- III.5. De los recursos de alzada y jerárquico previstos en el Código Tributario Boliviano
- III.6.
- 1°